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Multas, intereses y condonación

Abogado para Condonación de Multas e Intereses en Santiago

¿Tiene multas del SII o una deuda que creció por los intereses? La condonación de multas e intereses puede rebajar una parte importante de lo que se cobra. Revisamos su caso, calculamos qué parte son recargos y pedimos la condonación al SII o a la Tesorería antes de que pague o firme un convenio.

Envíenos el detalle de la deuda o la multa: impuesto, período y monto total.

  • Separación de impuesto, intereses y multas
  • Solicitud de condonación fundada
  • Pago o convenio con la rebaja aplicada

Condonación de multas e intereses: lo esencial

Una deuda tributaria tiene tres partes: el impuesto, los reajustes e intereses por el atraso y las multas. La condonación puede rebajar intereses y multas, no el impuesto mismo.

La rebaja posible depende de la situación del contribuyente, del tipo de deuda, de su comportamiento anterior y de la política de condonación vigente. Por eso conviene pedirla con fundamentos y en el momento correcto: antes de pagar al contado o de firmar un convenio.

Las multas tributarias más frecuentes

Declaraciones fuera de plazo

Presentar tarde la declaración mensual de IVA o la de renta genera multas que crecen con el atraso.

Declaraciones no presentadas

Dejar meses sin declarar, aunque no haya movimiento, acumula multas e intereses que sorprenden al regularizar.

Documentos no emitidos

No emitir boletas o facturas, o emitirlas mal, es una infracción que el SII fiscaliza en terreno.

Antecedentes no entregados

No responder requerimientos del SII también puede ser sancionado.

Avisos fuera de plazo

Cambios de domicilio, de actividad o término de giro informados tarde.

Cómo funciona la condonación

El SII y la Tesorería aplican políticas de condonación que definen cuánto se puede rebajar según el caso: si el contribuyente paga al contado o en cuotas, si tiene buen comportamiento tributario, si la deuda está en cobranza judicial y el tipo de infracción. Estas políticas cambian en el tiempo.

En términos generales, se obtiene más rebaja pagando al contado y teniendo un historial ordenado, y menos cuando hay incumplimientos reiterados o la deuda ya está en etapas avanzadas de cobro. También pesa si la infracción tuvo una causa justificada.

La condonación se pide; no siempre se aplica sola. Y cuando se aplica en forma automática, no necesariamente es la máxima posible. Revisar el caso antes de pagar puede significar una diferencia relevante.

¿Va a pagar o convenir una deuda tributaria? Revisemos antes la condonación.

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Cómo pedimos la condonación

  1. Detalle de la deuda

    Obtenemos el desglose por impuesto, período, intereses y multas, en el SII o en la Tesorería según dónde esté la deuda.

  2. Revisión de fondo

    Antes de pedir rebajas, revisamos si la deuda está bien calculada y si alguna parte prescribió o se puede discutir.

  3. Fundamentos

    Reunimos las razones que justifican la condonación: causa del atraso, comportamiento anterior, situación de la empresa o de la persona.

  4. Solicitud y pago

    Presentamos la solicitud y, aprobada, coordinamos el pago al contado o el convenio con la condonación aplicada.

Cuándo una infracción deja de ser solo una multa

La mayoría de las infracciones tributarias se sancionan con multas administrativas. Pero cuando hay engaño deliberado —declaraciones falsas, facturas falsas, ocultamiento de ingresos— el asunto puede pasar al terreno penal.

Si recibió una notificación de infracción y además el SII menciona facturas cuestionadas o declaraciones maliciosas, conviene revisar el caso completo antes de pagar o reconocer algo.

Un caso frecuente: meses de IVA sin declarar

Una pyme tuvo un año difícil y dejó de presentar varias declaraciones mensuales. Cuando quiere ordenarse, descubre que la deuda creció mucho por multas e intereses, más allá del impuesto original.

Antes de pagar, conviene regularizar las declaraciones pendientes, separar impuesto, intereses y multas, y pedir la condonación que corresponda según su situación y la forma de pago. La diferencia entre pagar directamente y pagar con la condonación bien pedida puede ser importante para el flujo de la empresa.

Preguntas frecuentes sobre condonación y multas

¿Se pueden condonar las multas del SII?

Sí, en muchos casos se puede pedir la condonación total o parcial de multas e intereses. El porcentaje depende del caso y de la política vigente. El impuesto en sí no se condona.

¿Qué pasa si declaré el IVA fuera de plazo?

Se generan multas e intereses que aumentan con el atraso. Conviene regularizar cuanto antes y pedir la condonación que corresponda al pagar.

¿La condonación es igual en el SII que en la Tesorería?

Ambos aplican políticas de condonación, pero el trámite depende de dónde esté la deuda. Si ya pasó a cobranza en la Tesorería, la solicitud se gestiona ahí.

¿Conviene pagar al contado o en convenio?

Al contado suele obtenerse una rebaja mayor, pero no siempre es posible. Comparamos ambas opciones con los números de su deuda.

¿Me pueden condonar si no tengo buen comportamiento tributario?

Es más difícil, pero no imposible. Se puede obtener alguna rebaja y, sobre todo, ordenar la situación para que las deudas futuras no repitan el problema.

¿La condonación se pide antes o después de pagar?

Se pide antes o al momento de pagar o convenir. Una vez pagado el total, recuperar la diferencia es mucho más difícil.

¿Puedo pedir condonación si la deuda está en cobranza judicial?

Sí, aunque las condiciones pueden ser distintas que en etapas anteriores. Lo revisamos según la etapa de su deuda.

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Condonación de multas e intereses en Santiago

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